El Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) adoptaron una nueva metodología para prevenir el riesgo de accidentes. 

Hay dos resoluciones que van a empezar a regir. Estas hablan de cómo se debe medir el límite de velocidad en todo Colombia, tanto en la ciudad como en carretera. En Colombia se viene presentando cantidad de accidentes de tránsito y esta medida es para mitigar esta situación.

Desde el Ministerio de Transporte Nacional y la Agencia de Seguridad Nacional Vial – Ansv, expidieron las resoluciones 20233040025995 y 2023304002589. Ellas unen los criterios para señalizar las vías en relación al límite de velocidad y que las autoridades competentes deben regirse, según la Ley Julián Esteban.

En ella explican la metodología para establecer los límites de en vías colombianas diciendo como identificar la zona, estimar el riesgo, analizar y señalización de la velocidad, entre otras etapas.

Cuáles son los límites de velocidad en el país

Según indican los documentos, en vías urbanas y carreteras municipales, no se puede exceder de 50 km/h. En sectores escolares el límite es de 30 km/h.

Igualmente respecto a las carreteras nacionales y departamentales el límite de velocidad es de 90km/h y en las vías doble calzada que no tengan pasos peatonales, la velocidad máxima será de 120 km/h.

Cuándo empieza a regir

En las resoluciones explican que a partir de la expedición de ellas, los entes de control y autoridades deben empozar a aplicar lo presente en estos documentos.

Tomado del medio: Entérate Cali

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